![402C38D1-02AE-461F-B286-002239D6089F](https://www.izcanal.org/wp-content/uploads/2021/06/402C38D1-02AE-461F-B286-002239D6089F-626x381.jpeg)
Por Red Informativa de ARPAS.
El Juzgado Primero de Paz de Santa ordenó ayer a la revista Factum retirar de su página web y redes sociales un reportaje sobre los asesinatos en serie en Chalchuapa. La publicación periodística titulada “Asesino de Chalchuapa confiesa cómo mataron a trece víctimas en el último año”revela el modus operandi criminal del ex policía Hugo Osorio Chávez.
![](https://www.izcanal.org/wp-content/uploads/2021/06/0D92F767-A14D-46E5-9992-4260241CD562-1024x625.png)
El argumento del referido tribunal es la reserva del caso solicitadapor la Fiscalía y que el reportaje del medio digital “violenta la Ley Especial Integral para una Vida Libre de Violencia para las Mujeres (LEIV)”. El juzgado, incluso, aplicó censura previa al advertir a Factum abstenerse de comentar sobre el caso en un foro virtual que realizaría posterior a la publicación.
![](https://www.izcanal.org/wp-content/uploads/2021/06/461397EB-228F-4DB3-A3D0-922AD3263C56.png)
![](https://www.izcanal.org/wp-content/uploads/2021/06/8A979FD2-49A1-4BFE-AE59-913F68E9B242.png)
La presidenta de la Asociación de Periodistas de El Salvador (APES), Angélica Cárcamo,calificó la referida resolución judicial como “contraria a la libertad de prensa y al derecho de información de la población” protegidos por la Constitución y tratados internacionales.
También Serafín Valencia, relator de libertad de expresión de APES, señaló que detrás de estas decisiones judiciales “está la intención de callar al periodismo crítico y a los medios que publican información que el gobierno quiere ocultar”, y lamentó que “algunos jueces están sucumbiendo ante las presiones del Ejecutivo”.
Entrevista de la revista informativa «Voces en Contacto» con Serafín Valencia, relator de libertad de expresión de APES: https://fb.watch/69UCOGrOc3/
En el mismo sentido se pronunció la Red por el Derecho a la Comunicación (ReDCo), instancia que cuestionó “el acto de censura y de censura previa”, prohibida en el Artículo 6 de la Carta Magna.
![](https://www.izcanal.org/wp-content/uploads/2021/06/9CAB234A-8AC3-4519-B732-166090B9BCDF-791x1024.jpeg)
ReDCo también condenó un acto de censura similar contra el medio digital GatoEncerrado en mayo pasado. Enesa ocasión el Juzgado Especializado de Instrucción para una Vida Libre de Violencia y Discriminación para Las Mujeres ordenó retirar una nota que informaba sobre un proceso judicial por violencia intrafamiliar contra el entonces recién electo fiscal general Rodolfo Delgado.
![](https://www.izcanal.org/wp-content/uploads/2021/06/C0BE7ECC-5811-45A4-A2FA-9E5C0D543BDF-1024x858.png)
Según la ReDCo, estos actos de censura judicial “suceden en un contexto creciente de vulneración a la libertad de expresión y persecución contra el periodismo crítico”. En este sentido, también denunció las declaraciones del ministro de Seguridad Pública, Gustavo Villatoro, quien la semana pasada -en un programa radial-admitió que el gobierno monitorea y “da seguimiento” a periodistas que -según él- no respetan los límites de la ética.