Estado y empresas deben dar transporte a personal autorizado para laborar, según decreto 23

Decreto Ejecutivo 23, establece medidas para la movilización de empleadas/os de la administración pública y privada. Foto | ARPAS.

Casi a la medianoche y luego de publicar las nuevas medidas de restricción sobre la circulación de personas, en el marco de la emergencia por COVID-19, la Presidencia de la República publicó un nuevo decreto que contiene las medidas para la movilización de empleados públicos y privados autorizados a funcionar en la cuarentena.

El Decreto 23 establece que el Estado y la empresa privada deberán proveer de transporte a sus trabajadores y trabajadoras desde sus residencias hasta el lugar de trabajo y viceversa, sin ningún costo.

También determina que el Gobierno brindará transporte gratuito a todas las personas con enfermedades crónicas, cáncer, insuficiencia renal, diabetes, terapias y otras.

Estas disposiciones se dan luego de publicarse el Decreto 22, donde prohíbe, entre otras cosas, la circulación y labores del transporte público de pasajeros. Además, precisa que el personal de salud tendrá transporte gratuito hacia sus centros de trabajo.

Pese a las nuevas medidas sobre la movilización de trabajadores y trabajadoras, desde tempranas horas de este 7 de mayo, se observó cómo muchas personas, incluyendo personal de salud, se vieron obligadas a caminar hasta su lugar de trabajo, ante la falta de transporte público.

El Decreto 22 detalla que las personas trabajadoras del sector privado cuyas empresas tengan permitido funcionar, deben portar su carné de identificación más una carta de su empleador autorizándole para desplazarse de su lugar de residencia al de trabajo. La carta debe contener: Nombre, firma, número de DUI, dirección y teléfono de contacto del empleador.

Desde las 00:00 horas, cuerpos de seguridad instalaron retenes en diferentes puntos de la capital para aplicar los controles vehiculares en cumplimiento a la cuarentena domiciliar.

Por: ARPAS.